jueves, 28 de marzo de 2013

Textos Segunda República española y Guerra Civil (1931-1939)



Textos Segunda República española y Guerra Civil (1931-1939)


La sociedad de masas


   Hay un hecho que, para bien o para mal, es el más importante en la vida pública europea de la hora presente. Este hecho es el advenimiento de las masas al pleno poderío social.
   Como las masas, por definición, no deben ni pueden dirigir su propia existencia, y menos regentar la sociedad, quiere decirse que Europa sufre ahora la más grave crisis que a pueblos, naciones, culturas, cabe padecer. Esta ha sobrevivido más de una vez en la historia. Su fisonomía y sus consecuencias son conocidas. También se conoce su nombre. Se llama la rebelión de las masas. (…)
   La sociedad es siempre una unidad dinámica de dos factores: minorías y masas. Las minorías son individuos o grupos especialmente cualificados. La masa es el conjunto de personas no especialmente cualificadas. No se entienda, pues, por masas solo principalmente «las masas obreras». Masa es «el hombre medio». De este modo se convierte lo que era meramente cantidad —la muchedumbre— en una determinación cualitativa: es la cualidad común, es lo mostrenco social, es el hombre en cuanto no se diferencia de otros hombres, sino que repite en sí, el hombre genérico.
   (…) Creo que las innovaciones políticas de los más recientes años no significan otra cosa que el imperio político de las masas.

José Ortega y Gasset, La rebelión de las masas.


Manifiesto de Alfonso XIII


   Las elecciones celebradas el domingo me revelan claramente que no tengo el amor de mi pueblo. Mi conciencia me dice que ese desvío no será definitivo, porque procuré siempre servir a España, puesto el único afán en el interés público hasta en las más criticas coyunturas.
   Un Rey puede equivocarse y sin duda erré yo alguna vez, pero sé bien que nuestra Patria se mostró siempre generosa ante las culpas sin malicia. Soy el Rey de todos los españoles y también un español.
   Hallaría medios sobrados para mantener mis regias prerrogativas en eficaz forcejeo contra los que las combaten; pero resueltamente quiero apartarme de cuanto sea lanzar a un compatriota contra otro, en fratricida guerra civil.
   No renuncio a ninguno de mis derechos, porque más que míos son depósitos acumulados por la Historia de cuya custodia me han de pedir un día cuenta rigurosa. Espero conocer la auténtica expresión de la conciencia colectiva. Mientras habla la nación suspendo deliberadamente el ejercicio del Poder Real reconociéndola como única señora de sus destinos.
   También quiero cumplir ahora el deber que me dicta el amor de la Patria.
Pido a Dios que también como yo lo sientan y lo cumplan todos los españoles.

Alfonso, Rey, 14 abril 1931.

La Vanguardia, Barcelona, 17 de abril de 1931.


El PSOE y la UGT ante la proclamación de la República


   Reunidas conjuntamente hoy las comisiones ejecutivas del Partido Socialista y de la Unión General de Trabajadores, para examinar la situación creada por los últimos acontecimientos, en la cual se condensa un espléndido rejuvenecimiento de la sensibilidad civil de España, unánimemente  acuerdan:
   Prestar todo su apoyo al naciente régimen republicano a cuyo logro tan activamente han contribuido nuestros dos organismos nacionales, y oponerse con toda la energía que las circunstancias demanden a cualquier intento encaminado a obstaculizar el normal desarrollo de la República que empieza.
   A tal fin, las ejecutivas del Partido Socialista y de la Unión General de Trabajadores recaban a sus representados la máxima disciplina y atención vigilante para cumplir inmediatamente las órdenes que fuera preciso circular, bien entendido que no deben atenderse otras indicaciones que aquéllas que proceden de los organismos responsables.
   En ningún caso tomarán en consideración las sugerencias que pudieran deslizarse entre los afiliados al Partido Socialista o a la Unión General de Trabajadores con el propósito de crear desórdenes que perjudicarían al régimen cuya principal defensa nos está encomendada.
   Es necesario que esta República española nazca rodeada de los máximos prestigios, así, pues, que todos nuestros compañeros sientan la responsabilidad del momento histórico que vivimos, bien seguros de que si en cualquier instante fuera preciso hacer uso de nuestra fuerza para salvaguardar el régimen que nace, el Partido Socialista y la Unión General de Trabajadores han de cumplir con su deber sin vacilaciones de ninguna clase.

Madrid, 14 de abril de 1931.

   Por el Partido Socialista, Remigio Cabello y Manuel Albar, Secretario.
   Por la Unión General de Trabajadores, Manuel Cordero, presidente accidental, y Francisco Largo Caballero, secretario.


Proclamación de la República en Barcelona


   Catalanes: Interpretando el sentimiento y los anhelos del pueblo que acaba de dar su sufragio, proclamo la República Catalana como Estado integrante de la Federación ibérica. De acuerdo con el Presidente de la República federal española, señor don Niceto Alcalá Zamora, con quien hemos ratificado los acuerdos tomados en el pacto de San Sebastián, me hago cargo provisionalmente de las funciones de presidente del Gobierno de Cataluña, esperando que el pueblo español y el catalán expresarán cuál es en estos momentos su voluntad (...) pedimos a todos los ciudadanos de Cataluña que se conjuren para hacerla prevalecer por los medios que sean, si es preciso con el sacrificio de la propia vida (...) Al proclamar nuestra República, hacemos llegar nuestra voz a todos los pueblos de España y del mundo, pidiéndoles que estén espiritualmente a nuestro y frente a la monarquía borbónica que hemos derrocado (...) Por Cataluña, por los demás pueblos hermanos de España, por la fraternidad de todos los hombres todos los pueblos, sabed haceros dignos de Cataluña.

El presidente. Francesc Maciá

Barcelona, abril de 1931.


Ley de Términos Municipales.


    A fin de lograr la necesaria coordinación y eficacia de la acción del Estado con la de los municipios para el remedio de la crisis de trabajo y ocupación de los obreros que se hallan en paro forzoso (…)
    Artículo 1º En todos los trabajos agrícolas, los patronos vendrán obligados a emplear preferentemente a los braceros que sean vecinos del municipio en que aquellos hayan de realizarse.
   Artículo 2º A los efectos de lo dispuesto en el artículo anterior, en los municipios donde existan delegaciones locales del Consejo de Trabajo, por la secretaría de estos organismos se abrirá un registro en el que podrán inscribirse los obreros agrícolas que no tengan colocación.
   Donde no existan las indicadas delegaciones, llevará dicho registro la secretaría del Ayuntamiento respectivo, bajo la inspección del alcalde y de un patrono y de un obrero distinguido, designados por elección de las asociaciones patronales y obreras.
   Artículo 4º Las infracciones de lo dispuesto en el artículo 1º serán castigadas con multa de 25 ptas. y de 50 ptas. en caso de reincidencia, que serán impuestas por los alcaldes. (…)

El Ministro de Trabajo y Previsión, Francisco Largo Caballero.

Gaceta de Madrid, 20 de abril de 1931


La reforma militar


   Artículo 1. Se concede el pase a la situación de segunda reserva, con el mismo sueldo que disfruten en su empleo de la escala activa, a todos los oficiales generales del Estado Mayor General, a los de la Guardia Civil y Carabineros y a la de los Cuerpos de Alabarderos, Jurídico Militar, Intendencia, Intervención y Sanidad, en sus dos secciones de Medicina y Farmacia, que lo soliciten del Ministerio de Guerra dentro de los treinta días siguientes al de la publicación de este decreto.
   Artículo 2. Se concede el pase a la situación de retirado, con el mismo sueldo que disfruten actualmente en su empleo y cualesquiera que sean sus años de servicios, a todos los Jefes, Oficiales y asimilados, así en situación de actividad como en la de reserva retribuida de las distintas Armas y Cuerpos del Ejército. Incluso los Oficiales menores de Guardias de Alabarderos, que lo soliciten del Ministerio de la Guerra dentro del plazo señalado en el artículo anterior (…)

Gaceta de Madrid, 27 de abril de 1931


Incorporación de la mujer a la vida social y política


   Sólo una legislación arcaica y caduca, que no se acomoda a la realidad de los tiempos presentes, puede negar a las mujeres condiciones legales para ingresar en los Cuerpos de Registradores de la Propiedad y Notariado. Abiertas de par en par las Universidades y establecimientos docentes para que se sigan las carreras sin distinción de sexos, igualando en derechos y obligaciones a las hembras y los varones, se reconoció el derecho de la mujer al ingreso en el servicio técnico de la Administración Civil del Estado, dejando, sin embargo, encomendada la determinación de funciones a las que pueda ser admitida, a lo que dispongan los Reglamentos,  los cuales determinarían las que por su índole especial no debe desempeñar.
   No puede negarse, sin incurrir en prejuicios y tradiciones ya inadmisibles, el avance que significa en nuestras costumbres la fraternal convivencia de personas de distinto sexo, en los estudios de carreras facultativas y la obtención de títulos con idéntico valor de las funciones que la Ley encomienda a Registradores y Notarios no hay ninguna que por su naturaleza no pueda ser desempeñada por la mujer en iguales condiciones que la desempeña un varón, siempre que a unas y otros se les exijan los mismos requisitos y pruebas para el ingreso en las respectivas carreras, es, pues, de elemental justicia reconocer el derecho que tienen las mujeres a ingresar en los Cuerpos de Notarios y Registradores de la Propiedad y a desempeñar estos cargos, si los obtuvieren por oposición en leal concurrencia con los varones.
   Fundado en estas consideraciones, como Presidente del Gobierno provisional de la República, y de acuerdo con el Ministro de justicia.
  
   Vengo en decretar lo siguiente:

   Articulo 1. Será admitida la mujer a las oposiciones que se anuncien en lo sucesivo a Notarías y Registros de la Propiedad y si obtuvieran plaza ingresarán en los respectivos Cuerpos, donde desempeñarán sus funciones en idénticas condiciones que el varón.
   Artículo 2. Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

Dado en Madrid a veintinueve de abril de mil novecientos treinta y uno.

Gaceta de Madrid, 30 de abril de 1931.


Los anarquistas ante la República en 1931


   Estamos frente a las Cortes Constituyentes, como estamos frente a todo poder que nos oprima. Seguimos en guerra abierta contra el Estado. Nuestra misión, sagrada y elevada misión, es educar al pueblo, para que este comprenda la necesidad de sumarse a nosotros con pleno estado de consciencia y establecer nuestra total emancipación por medio de la revolución social. Fuera de este principio, que forma parte viva de nuestro propio ser, no sentimos temor en reconocer que tenemos el deber ineludible de señalar al pueblo un plan de reivindicaciones mínimas, que ha de exigir, creando su propia fuerza revolucionaria.

Actas del Congreso de la CNT, junio de 1931.


La República y el voto femenino

  
   Señores diputados: se está haciendo una Constitución de tipo democrático, por un pueblo que tiene escrito como lema principal, en lo que llamo yo el arco del triunfo de su República, el respeto profundo a los principios democráticos. Yo no sé, ni puedo, ni quiero, ni debo, explanar que no es posible sentar el principio de que se han de conceder unos derechos si han de ser conformes con lo que nosotros deseamos, y previendo la contingen­cia de que pudiera no ser así, revocarlos el día de mañana. Eso no es democrático. Señores diputados...Yo no creo, no puedo creer, que la mujer sea un peligro para la República, porque yo he visto a la mujer reaccionar frente a la Dictadura y con la República. Lo que pudiera ser un peligro es que la mujer pensara que la Dictadura la quiso atraer y que la República la rechaza, porque, aunque lo que la Dictadura le concedió fue la igualdad en la nada, como me he complacido yo siempre en decir, lo cierto es que, dentro de un sistema absurdo e ilegal, llamaba a la mujer a unos pretendidos derechos...

Clara Campoamor, Diario de sesiones de las Cortes.

30 de septiembre de 1931.


Azaña y la cuestión religiosa


    La premisa de este problema, hoy político, la formulo yo de esta manera: España ha dejado de ser católica; el problema político consiguientes es organizar el Estado en forma tal que quede adecuado a esta fase nueva e histórica del pueblo español.
Yo no puedo admitir, señores diputados, que a esto se le llame problema religioso. El auténtico problema religioso no puede exceder de los límites de la conciencia personal, porque es en la conciencia personal donde se formula y se responde la pregunta sobre el misterio de nuestro destino. Este es un problema político, de
Constitución del Estado... porque nuestro Estado, a diferencia del Estado antiguo... excluye toda preocupación ultraterrena...
   Se trata simplemente de organizar el Estado español con sujeción a las premisas que acabo de establecer...
   Que siga entregado a las órdenes religiosas el servicio de la enseñanza. Eso jamás. Yo lo siento mucho; pero ésta es la verdadera defensa de la República...
   ¿Permitiríais vosotros que un catedrático en la universidad explicase la astronomía de Aristóteles y que dijese que el cielo se compone de varias esferas a las cuales están atornilladas las estrellas? ¿Permitiríais que se propagase en la cátedra de la universidad española la medicina del siglo XVI? No lo permitiríais...
   Pues yo digo que, en el orden de las ciencias morales y políticas, la obligación de las órdenes religiosas católicas, en virtud de su dogma, es enseñar todo lo que es contrario a los principios en los que se funda el Estado moderno.

Manuel Azaña: Discurso en el Congreso.

13 de octubre de 1931.


La reforma del sistema educativo 


    1.  La educación pública es esencialmente función del Estado.
    a)  No se excluye, sin embargo, a la enseñanza privada, siempre que ésta no persiga fines políticos o confesionales partidistas (...).
   2. La educación pública es laica o extraconfesional.
   3. La educación pública es gratuita.
   a) Se reconoce la gratuidad en todos los grados de enseñanza, especialmente en la primaria y secundaria, pudiéndose percibir solamente retribuciones o dere­chos de matrícula en la enseñanza superior; pero aun en éstas se establecerá por lo menos un 25 por 100 de matrículas gratuitas.
   4. La educación pública tiene un carácter activo y creador.
   a) En todas las instituciones de educación se aplicarán, pues, los métodos de la escuela activa o del trabajo (...).
   5. La educación Pública tiene un carácter social.
   6. La educación pública atiende por igual a los alumnos de uno y otro sexo.
   a) Para ello es esencial el establecimiento de la coeducación en todos los gra­dos de enseñanza (...).
   7. La educación pública constituye una unidad orgánica. Dentro de ella exis­ten tres grados esenciales íntimamente relacionados de suerte que pueda pasar­se  fácilmente de unos a otros:
   a) El primer grado comprende dos ciclos: primero, de los cuatro a los seis años con Instituciones preescolares y de asistencia Infantil, de carácter volunta­rio; segundo, de los seis a los doce años, o sea, el de la actual escuela primaria, que se denominará escuela básica y que será obligatoria y común para todos los niños de aquella edad.
   b) El segundo grado equivalente a la actual enseñanza secundaria está constituido también por dos ciclos. El primero, de los doce a los quince años, amplía la educación de la escuela básica, inicia la preparación pro­fesional y constituye el fundamento de la segunda enseñanza. En él se incluye a más de los estudios literarios los de carácter tecnológico y manual. Se aspirará a hacer obligatoria la asistencia a este grado al menos en las grandes ciudades. El segundo ciclo, de los quince a los dieciocho años, cierra la educación secundaria y prepara para la superior y especial, ramificándose en tres grupos: científico, tecnológico y humanista. La asistencia a él tiene carácter voluntario.
   c) El tercer grado lo constituye la enseñanza superior. Consta también de dos ciclos equivalentes a las actuales licenciaturas y doctorados.

 Lorenzo Luzuriaga.

Texto encargado por el Consell d’Instrucció Pública para que fuera la base para la confección de la Ley de instrucción pública, 1931.


Misiones pedagógicas


   No tengáis miedo. No venimos a pediros nada. Al contrario; venimos a daros de balde algunas cosas (…). Porque el Gobierno de la República, que nos envía, nos ha dicho que vengamos ante todo a las aldeas, a las más pobres, a las más escondidas, a las más abandonadas, y que vengamos a enseñaros algo, algo de lo que no sabéis por estar siempre tan solos y tan lejos de donde otros lo aprenden, y porque nadie hasta ahora ha venido a enseñároslo. (…)
   Es posible y más probable que con todo ello, y mucho más, aprendáis poca cosa, pero si os divirtieseis algo y la Misión sirviese por lo menos de aguijón y espuela en alguno de vosotros para despertarle el deseo de leer, el amor a la lectura, el fin que la República se propone al querer remediar aquella injusticia que antes dijimos, estaría al menos logrado. Porque esto es lo que principalmente se proponen las Misiones: despertar el afán de leer en los que no lo sienten, pues únicamente cuando todo español no solo sepa leer —que no es bastante —, sino que tenga afán, ansia de leer, de gozar y divertirse, sí, divertirse leyendo, habrá una nueva España. Para eso, la República ha empezado a repartir por todas partes libros, y por eso al marcharnos os dejaremos nosotros esta pequeña biblioteca.

Manuel Bartolomé Cossío
Informes, septiembre de 1931-diciembre de 1933, Patronato de Misiones Pedagógicas


Constitución de 1931
  
  
   Como Presidente de las Cortes Constituyentes, y, en su nombre, declaro solemnemente que éstas, en uso de la soberanía de que están investidas, han decretado y sancionado lo siguiente:
   España, en uso de su soberanía, y representada por las Cortes Constituyentes, decreta y sanciona esta Constitución:
   Art. 1º. España es una República democrática de trabajadores de toda clase, que se organiza en régimen de Libertad y Justicia. Los poderes de todos sus órganos emanan del pueblo. La República constituye un Estado integral, compatible con la autonomía de los Municipios y las Regiones.
La bandera de la República española es roja, amarilla y morada
   Art. 2º. Todos los españoles son iguales ante la ley.
   Art. 3º. El Estado español no tiene religión oficial.
   Art. 4º. El castellano es el Idioma oficial de la República. 
Todo español tiene obligación de saberlo y el derecho de usarlo, sin perjuicio de los derechos que las leyes del Estado reconozcan a las lenguas de las provin­cias o regiones (...)
   Art. 5º. La capitalidad de la República se fija en Madrid.
  Art. 8º. El Estado español, dentro de los límites irreductibles de su territorio actual, estará integrado por Municipios mancomunados en provincias y por las regiones que se constituyan en régimen de autonomía (...)
   Art. 25. No podrán ser fundamento de privilegio jurídico: la naturaleza, la filiación, el sexo, la clase social, la riqueza, las ideas políticas ni las creencias religiosas.
 El Estado no reconoce distinciones y títulos nobiliarios
   Art. 26. Todas las confesiones religiosas serán consideradas como Asociacio­nes sometidas a una ley especial (...). Una ley especial regulará la total extinción, en un plazo máximo de dos años, del presupuesto del Clero (...).Las demás órdenes religiosas se someterán a una ley especial votada por es­tas Cortes Constituyentes y ajustada a las siguientes bases:
   1º Disolución de las que, por sus actividades, constituyan un peligro para la seguridad del Estado. (...)
   4º Prohibición de ejercer la industria, el comercio o la enseñanza.
Los bienes de las Órdenes religiosas podrán ser nacionalizados.
   Art. 27. La libertad de conciencia y el derecho de profesar y practicar libre­mente cualquier religión quedan garantizados en el territorio español (...)
   Art. 34. Toda persona tiene derecho a emitir libremente sus ideas y opiniones valiéndose de cualquier medio de difusión, sin sujetarse a previa censura (...).
   Art. 36. Los ciudadanos de uno y otro sexo, mayores de 23 años, tendrán los mismos derechos electorales conforme determinen las leyes. (...)
   Art. 38. Queda reconocido el derecho de reunirse pacíficamente y sin armas. Una ley especial regulará el derecho de reunión al aire libre y el de manifes­tación.
   Art. 39. Los españoles podrán asociarse o sindicarse libremente para los dis­tintos fines de la vida humana conforme a las leyes del Estado (...).
   Art. 43. La familia está bajo la salvaguarda especial del Estado. El matrimo­nio se funda en la igualdad de los derechos para ambos sexos, y podrá disolver­se por mutuo disenso o a petición de cualquiera de los cónyuges, con alegación en este caso de justa causa  (...).
Los padres tienen para con los hijos habidos fuera del matrimonio los mismos deberes que respecto de los nacidos en él (...).
El Estado prestará asistencia a los enfermos y ancianos, y protección a la maternidad y a la infancia, haciendo suya la «Declaración de Ginebra» o tabla de los derechos del niño.
   Art. 51. La potestad legislativa reside en el pueblo, que la ejerce por medio de las Cortes o Congreso de los Diputados.
   Art. 52. El Congreso de los Diputados se compone de los representantes ele­gidos por sufragio universal, igual, directo y secreto.
   Art. 67. El Presidente de la República es el Jefe del Estado y personifica a la Nación.

Madrid, 9 de diciembre de 1931


La Iglesia frente a la Constitución republicana


   Promulgada la Constitución española y constituidos jurídicamente todos los poderes del Estado, éntrase en una nueva etapa de la República, y ha llegado el momento de que el Episcopado dé forma solemne a su actitud ante los hechos y aleccione a los fieles para señalarles su conducta futura. (…)
   Los principios y preceptos constitucionales en materia religiosa no solo no responden al mínimum de respeto a la libertad religiosa y de reconocimiento de los derechos esenciales de la Iglesia que hacían esperar el propio interés y dignidad del Estado, sino que, inspirados por un criterio sectario, representan una verdadera oposición agresiva aún a aquellas mínimas exigencias. (…)
   Más radicalmente todavía se ha cometido el grande y funesto error de excluir a la Iglesia de la vida pública y activa de la nación, de las leyes, de la educación de la juventud, de la misma sociedad doméstica, con grave menosprecio de sus derechos sagrados y de la conciencia cristiana del país, así como en daño manifiesto de la elevación espiritual de las costumbres y de las instituciones públicas.
   De semejante separación violenta e injusta, de tan absoluto laicismo del Estado, la Iglesia no puede dejar de lamentarse y protestar (…).
   Todavía más dolorida hemos de exhalar nuestra voz paternal si nos detenemos a considerar los derroteros que se apresta a seguir la legislación española en lo concerniente a la enseñanza, al matrimonio y a las órdenes religiosas. (…)

Pastoral colectiva, 20 de diciembre de 1931


   Derecho y libertad en todo y para todos, tal parece ser la inspiración formulativa de los preceptos constitucionales, con excepción de la Iglesia.
   Derecho de profesar y practicar libremente cualquier religión; y el ejercicio de la católica, única profesada en la nación, que le debe sus glorias históricas, su patrimonio de civilización y de cultura, y su actual conciencia religiosa, es rodeado de recelos y hostilidades, comprensivos de sus legítimos y libres movimientos.
   Libertad a todas las asociaciones, aun a las más subversivas; y se preceptúan extremas precauciones limitativas para las Congregaciones religiosas, que se consagran a la perfección austerísima de sus miembros, a la caridad social, a la enseñanza generosa, a los ministerios sacerdotales.
   Libertad de opinión, aun para los sistemas más absurdos y antisociales; y a la Iglesia, en sus propios establecimientos, se la sujeta a la inspección del Estado para la enseñanza de su doctrina.
   Derecho de reunión pacífica y de manifestación; y las procesiones católicas no podrán salir del Gobierno, que cualquier arbitrariedad, temor ficticio o audacia sectaria pueden ser ocasión de que fácilmente se niegue (…).
   Libertad de cátedra y de enseñanza para todo ciudadano, y para la defensa y propaganda de cualquier sistema y error: y se impone obligatorio el laicismo en las escuelas oficiales, y a las Órdenes religiosas les es prohibido enseñar.
   El Estado y las corporaciones públicas podrán subvencionar toda asociación, cualesquiera que sean sus objetivos y actuaciones; solo la Iglesia y sus instituciones, que sirven la más alta finalidad de la vida humana, no podrán se auxiliadas ni favorecidas.
   Parece, en suma, que la igualdad de los españoles ante la ley y la indiferencia de la confesión religiosa para la personalidad civil y política solo existan, en orden a la Iglesia y a sus instituciones, a fin de hacer más patente que se le crea el privilegio constitucional de la excepción y del agravio.

Pastoral colectiva, 20 de diciembre de 1931


Ley de divorcio


   CAPITULO PRIMERO

   Del divorcio. Sus causas

   Art. 1º El divorcio decretado por sentencia firme por los Tribunales civiles disuelve el matrimonio, cualesquiera que hubieran sido la forma y la fecha de su celebración.
   Art. 2º Habrá lugar al divorcio cuando lo pidan ambos cónyuges de común acuerdo, o uno de ellos por cualquiera de las causas determinadas en esta Ley.
   Art. 3º Son causas de divorcio:
   1.a El adulterio no consentido o no facilitado por el cónyuge que lo alegue.
   2.a La bigamia.
   3.a La tentativa del marido para prostituir a su mujer o el conato del marido o de la mujer para corromper a sus hijos o prostituir a sus hijas, y la connivencia en su corrupción o prostitución.
   4.a El desamparo de la familia sin justificación.
   5.a El abandono culpable del cónyuge durante un año (…).
   7.a El atentado de un cónyuge contra la vida del otro, de los hijos comunes o de los de uno de aquéllos; los malos tratamientos de obras y las injurias graves (…).
   9.a La enfermedad contagiosa y grave de carácter venéreo contraída fuera del matrimonio y después de su celebración, y la contraída antes y que hubiera sido ocultada culposamente al otro cónyuge al tiempo de celebrarlo…

 Gaceta de Madrid, 3 de marzo de 1932.


Azaña y el Estatuto de Autonomía de Cataluña


   No se puede entender la autonomía, no se juzgarán jamás con acierto los proble­mas orgánicos de la autonomía, si no nos libramos de una preocupación: que las regiones autónomas, no digo Cataluña, las regiones, después que tengan la auto­nomía, no son el extranjero, son España, tan España como lo son hoy; quizás más, porque estarán más contentas.
    No son el extranjero, por consiguiente, no hay que tomar respecto de las regiones autónomas las precauciones, las reservas, las prevenciones que se tomarían con un país extranjero, con el cual acabásemos de ajustar la paz, para la defensa de los in­tereses españoles. No es eso.
    Y, además, hay otra cosa. Que votadas las autonomías, ésta y las de más allá, y creados éste y los de más allá gobiernos autónomos, el organismo de gobierno de la región, en el caso de Cataluña, la Generalidad, es una parte del Estado español, no es un organismo rival, ni defensivo, ni agresivo, sino una parte integrante de la organización del Estado de la República española. Y mientras esto no se comprenda así, señores diputados, no entenderá nadie lo que es la autonomía. (...)

Discurso parlamentario de Azaña en las Cortes en 1932.


Estatuto de autonomía de Cataluña


   Artículo 1 °. Cataluña se constituye en región autónoma dentro del Estado español, con arreglo a la constitución de la República y al presente Estatuto.
   Artículo 2°. El idioma catalán es, como el castellano, lengua oficial de Cataluña. Toda disposición o resolución oficial dictada dentro de Cataluña, deberá ser publicada en ambos idiomas. (…)
  Artículo 7. La Generalidad de Cataluña podrá crear y sostener los centros de enseñanza en todos los grados y órdenes que estime oportunos (…). La Generalidad se encargará de los servicios de bellas artes, museos, bibliotecas, conservación de monumentos y archivos (…)
    Artículo 8. En materia de orden público queda reservado al Estado (…) todos los servicios de seguridad pública en Cataluña en cuanto de carácter extrarregional o suprarregional, la policía de frontera, inmigración, emigración, extranjería y régimen de extradición y expulsión. Corresponderán a la Generalidad todos los demás servicios de policía y orden interiores en Cataluña. (…)
   Artículo 10. Corresponderá a la Generalidad la legislación sobre régimen local, que reconocerá a todos los Ayuntamientos y demás corporaciones administrativas que creen.
   Artículo 11. Corresponde a la Generalidad la legislación exclusiva en materia civil, salvo lo dispuesto en el artículo 15 de la Constitución, y administrativa que le esté atribuida a este Estatuto.
   Artículo 12. Corresponderá a la Generalidad de Cataluña la legislación exclusiva y la ejecución directa de las funciones siguientes: a) La legislación y ejecución de ferrocarriles, caminos, canales, puertos y demás obras públicas de Cataluña, (…)
   Artículo 14. La Generalidad estará integrada por el Parlamento, el Presidente de la Generalidad y el Consejo Ejecutivo.
 Las leyes interiores de Cataluña ordenarán el funcionamiento de estos organismos, de acuerdo con el Estatuto y la Constitución. El Parlamento, que ejercerá las funciones legislativas, será elegido por un plazo no mayor de cinco años, por sufragio universal, directo, igual y secreto. (…) El Presidente de la Generalidad asume la representación de Cataluña. Asimismo representa a la región en sus relaciones con la República, y al Estado en las funciones cuya ejecución directa le esté reservada al Poder central.
   Asimismo representa a la región en sus relaciones con la República, y al Estado en las funciones cuya ejecución directa le esté reservada al Poder central.
   El Presidente de la Generalidad será elegido por el Parlamento de Cataluña (…).   El Presidente de la Generalidad asume la representación de Cataluña. El Presidente y los Consejeros de la Generalidad ejercerán las funciones ejecutivas y deberán dimitir de sus cargos en caso de que el Parlamento les negara de un modo explícito la confianza.

Gaceta de Madrid, 21 de septiembre de 1932.


El problema agrario


   En la zona cantábrica, Cataluña, Levante, parte de Aragón y Castilla la Vieja, la tierra está parcelada y bastante repartida. La Mancha, Extremadura y Andalucía presentan la mayor parte de su superficie en grandes fincas y más del 60% de su riqueza se divide entre unos pocos millares de propietarios (...). En resumen: esta ligera ojeada por las regiones españolas muestra claramente que la gran variedad de cultivos y productos permite al hombre obtener de los suelos y climas más diferentes producciones elevadas, y, por lo tanto, dentro de ciertos límites, puede decirse que los factores naturales no son un obstáculo insuperable para la producción agropecuaria.
   No necesitamos esforzarnos mucho en demostrar que, allí donde el agricultor tiene acceso a la tierra y, sobre todo, en donde es propietario de la superficie suficiente para emplear su actividad y obtener la debida remuneración por su esfuerzo, no va a trabajar para otro como no obtenga mayor remuneración. La oferta de brazos en estos sitios es pequeña y los jornales suelen ser elevados.
   En las provincias vascas, Cataluña y Levante el jornal corriente en el campo no baja de 5 pesetas, y en verano suele ser de 6 a 7 pesetas, llegando a 10 y 12 en las épocas de recolección. En cambio, en las provincias latifundistas la oferta de brazos es grande, y, como la demanda es pequeña, no solo por estar acaparada la tierra, sino por explotarse deficientemente, los jornales son bajos. En Andalucía y Extremadura se ganaban, antes de la República, de 2,25 a 3,50 pesetas, corrientemente, según los trabajos, y en épocas de recolección, de 4 a 6 pesetas. Hasta en la pobre Castilla, en donde la propiedad está dividida, como en Segovia, Palencia, etc., los jornales son más elevados que en Andalucía.

Pascual Carrión, Conferencia en el Ateneo de Madrid, 1933.


   Puede, pues, calcularse que la riqueza agropecuaria aumentará en más de 1.500 millones de pesetas anuales en cuanto se haya efectuado la reforma agraria, y esta riqueza se traducirá en una demanda de productos industriales, una actividad comercial y de toda índole, que supondrá otra cantidad análoga por lo menos; así es que estamos seguros de que esta gran empresa se traducirá dentro de pocos años en un aumento de la riqueza nacional de más de 3.000 millones de pesetas anuales.
   En cuanto a los beneficios sociales, no hay que ponderar lo que supone que tengan ocupación todos los obreros agrícolas de esas provincias y puedan llevar una vida modesta, pero que cubra sus necesidades y les permita ser verdaderamente libres.
   El bienestar y la tranquilidad se extenderán por estas regiones hoy tan agitadas; la cultura podrá difundirse entre las clases obreras, y una era de prosperidad y bienestar sustituirá a la actual de miseria y estancamiento.
   Esas serán las consecuencias de la reforma agraria que tanto combaten las clases adineradas. A la vista de este porvenir, deben reflexionar las personas sensatas y de buena fe de nuestra patria y convencerse de la necesidad de ayudar con todo entusiasmo a esta hermosa empresa. La República se ha preocupado desde el primer momento de ella, y uno de sus ministros, don Fernando de los Ríos, la inició y dedicó especial atención desde el Ministerio de Justicia, continuándola don Marcelino Domingo en el de Agricultura. Interesa ahora no descuidarla ni un momento porque el porvenir político social de nuestra nación depende en gran parte de esta magna reforma, cuyo éxito deseamos muy vivamente.

Pascual Carrión, Los latifundios en España, 1932


   (…) El problema de los latifundios en España no es una entelequia inventada por unos cuantos descontentos o idealistas, sino una cuestión grave de enorme trascendencia económica y social para nuestra patria. No se trata solo del hecho de que unos 70’00 propietarios posean más de 6 millones de hectáreas en las regiones manchega, extremeña y andaluza, sino también de que disfrutan la mayor parte de la riqueza que en ellas reproduce, dejado al resto de sus habitantes en situación precaria, y, sobre todo, impidiendo que se intensifique la producción y puedan progresar esas provincias (…). Consecuencia de ellos son: la despoblación de los campos, el deficiente cultivo, los jornales bajos, los arrendamientos caros, la escasa y raquítica ganadería, y, en general, la situación precaria en que se encuentra la tercera parte del territorio nacional (…). Ante estos hechos, es suicida y criminal cerrar los ojos para no verlos  y dejar que pasen los años y aun siglos, como hasta ahora ha ocurrido, sin ponerles remedio. Hay, pues, que afrontar su solución con serenidad pero con energía (…).

Pascual Carrión, Los latifundios en España, 1932.


Ley de Bases de la Reforma Agraria


   Base quinta
   Serán susceptibles de expropiación las tierras incluidas en los siguientes apartados: 1.- Las ofrecidas voluntariamente por sus dueños, siempre que su adquisición se considere de interés por el Instituto de Reforma Agraria.
2.- Las que se transmitan contractualmente a título oneroso sobre las cuales y a este solo efecto, podrá ejercitar el Estado el derecho de retracto en las mismas condiciones que determine la legislación civil vigente.
3.- Las adjudicadas al Estado, Región, provincia o Municipio, por razón de débito, herencia o legado y cualesquiera otras que posean con carácter de propiedad privada.
4.- Las fincas rústicas de Corporaciones, fundaciones y establecimientos públicos que las exploten en régimen de arrendamiento, aparcería o cualquiera otra forma que no sea explotación directa, exceptuándose las tierras correspondientes a aquellas fundaciones en que el título exija la conservación de las mismas, como requisito de subsistencia, si bien en este caso podrán ser sometidas a régimen de arrendamientos colectivos.
5.- Las que por las circunstancias de su adquisición, por no ser explotadas directamente por los adquirentes y por las condiciones personales de los mismos, deba presumirse que fueron compradas con fines de especulación o con el único objeto de percibir su renta.
6.- Las que constituyeron señoríos jurisdiccionales y que se hayan transmitido hasta llegar a sus actuales dueños por herencia, legado o donación.

9 de septiembre de 1932


Formación de la CEDA


   Hay, por último, un sector bien definido de las derechas españolas, en el cual me encuentro, y que sostiene que hay un problema fundamental o una serie de problemas fundamentales cuyas bases son: la defensa de la religión y principios espiri­tuales; la defensa de la familia, amenazada de disolución; la de la propiedad, combatida por enemigos de ella; la defensa del orden social, que está a punto de quedarse en manos de la anarquía. (...) Mantenemos el programa de los principios funda­mentales de la Religión, Patria, Familia, Propiedad, Orden y Trabajo.

Gil Robles, 1932


Primera feria del libro


   La eficacia de esta primera Feria del Libro ha sido indudable. Más que como negocio, como propaganda, como iniciación de un camino, como siembra. Merced a esta primera Feria, gente que no conocía los libros leerá ahora por primera vez.
   (…) La venta ha sido crecida, sobre todo en las instalaciones de libros baratos. He aquí uno de los rasgos principales —acaso el principal— de la fiesta: el éxito extraordinario de las publicaciones populares, asequibles por su precio a toda clase de público. Los volúmenes baratos se han vendido por miles.
   (…) Ha habido un gran número de mujeres compradoras. Y no de libros frívolos, de novelas banales de esas que hasta hace poco eran la lectura única de las mujeres. Libros de alta literatura, obras de preocupación y de estudio se han visto frecuentemente en manos de lectoras. (…)
   Ha habido también un gran contingente de obreros, de trabajadores de todas clases. Mediada la tarde, a la hora de la salida de los talleres y las oficinas, el paseo se llena. Centenares de personas se arraciman ante los libros expuestos.

La Libertad, 30 de abril de 1933


El punto de vista de Francisco Largo Caballero


   Lo cual nos permite hacer lo que no autoriza la Tercera Internacional. O sea: participar en un gobierno con los republicanos y reconocer como postulado indeclinable del socialismo científico la dictadura transitoria y revolucionaria del proletariado.
   ¿Qué suponían los periódicos burgueses? Sin duda, nos tenían por unos socialdemocráticos, y tan tontos que, en caso de necesidad, para detener a una dictadura fascista, pediríamos la convocatoria del cuerpo electoral...
¡El drama que se les va a plantear a nuestros enemigos cuando adviertan que todos los socialistas españoles estamos de acuerdo, que aquí no hay evolucionista, que todos deseamos dejar el gobierno y que si a Besteiro, por ejemplo, tan invocado por ellos, no le agradan –a nadie ponen alegre– las violencias de una dictadura proletaria, menos puede satisfacer el ver al movimiento obrero destruido y a sus hombres ejecutados por las hordas del capitalismo agonizante!
   Podrá asustar a unos socialistas más, a otros menos, la dictadura del proletariado –también le asustaba a Lenin–, pero es un trago que se pasa gustoso en razón de su finalidad: la edificación del socialismo, la emancipación de la sociedad de toda injusticia.

16 de agosto de 1933


Discurso pronunciado por José María Gil Robles en el Teatro Monumental de Madrid


   Pero, al mismo tiempo, había que dar estructura a las nuevas derechas españolas. Era necesario ir a la reconquista de España (…) con deseo de abrazar a los que vengan a luchar las batallas por Dios y por la Patria. (…) se quería dar a España una verdadera unidad, un nuevo espíritu, una política totalitaria. (…)
   Nuestra generación tiene encomendada una gran misión. Tiene que crear un espíritu nuevo, fundar un nuevo Estado, una nación nueva; dejar la patria depurada de masones, de judaizantes… (Grandes aplausos.) (…) Hemos de hacer de España una gran nación; hemos de someter férreamente a los de arriba y a los de abajo. (Grandes aplausos.) (…)  Hay que buscar la unidad de espíritu, la verdadera unidad nacional; (…) hacer un Estado fuerte que respete las libertades individuales, pero que realice e imponga la armonía con los intereses generales. El poder solo cuando venga íntegro.
   Hay que ir a un Estado nuevo, y para ello se imponen deberes y sacrificios. ¡Qué importa que nos cueste hasta derramar sangre! Para eso nada de contubernios. No necesitamos el poder con contubernios de nadie. Necesitamos el poder íntegro y eso es lo que pedimos. Entre tanto no iremos al Gobierno en colaboración con nadie. (…)    La democracia no es para nosotros un fin, sino un medio para ir a la conquista de un Estado nuevo. (Aplausos.) Llegado el momento, el Parlamento o se somete o le hacemos desaparecer.

15 de octubre de 1933

El Debate, 17 de octubre de 1933


Fundación de Falange


   He aquí lo que exige nuestro sentido total de la Patria y del Estado que ha de servirla.
   Que todos los pueblos de España, por diversos que sean, se sientan armonizados en una irrevocable unidad de destino.
   Que desaparezcan los partidos políticos. Nadie ha nacido nunca miembro de un partido político; en cambio, nacemos todos miembros de una familia; somos todos vecinos de un municipio; nos afanamos todos en el ejercicio de un trabajo. Pues si esas son nuestras unidades naturales, si la familia y el municipio y la corporación es en lo que de veras vivimos, ¿para qué necesitamos el instrumento intermediario y pernicioso de los partidos políticos, que, para unirnos en grupos artificiales, empiezan por desunirnos en nuestras realidades auténticas?
   Queremos menos palabrería liberal y más respeto a la libertad profunda del hombre. Porque solo se respeta la libertad del hombre cuando se le estima, como nosotros le estimamos, portador de valores eternos; cuando se le estima envoltura corporal de un alma, que es capaz de condenarse y de salvarse.
   Solo cuando al hombre se le considera así, se puede decir que se respeta de veras su libertad, y más todavía si esa libertad se conjuga, como nosotros pretendemos, en un sistema de autoridad, de jerarquía y de orden. (…)
   Queremos que el espíritu religioso, clave de los mejores arcos de nuestra Historia, sea respetado y amparado como merece (…).
   Y queremos, por último, que si esto ha de lograrse en algún caso por la violencia, no nos detengamos ante la violencia. (…) Bien está, sí, la dialéctica como primer instrumento de comunicación. Pero no hay más dialéctica admisible que la dialéctica de los puños y de las pistolas cuando se ofende a la justicia o a la patria.
   Esto es lo que pensamos nosotros del Estado futuro que hemos de afanarnos en edificar (…).

José Antonio Primo de Rivera, Discurso del Teatro de la Comedia.

Madrid, 29 de octubre de 1933.


El programa de Falange Española


   Nuestro Estado será un instrumento totalitario al servicio de la integridad patria…
   Nadie participará a través de los partidos políticos. Se abolirá implacablemente el sistema de los partidos políticos con todas sus consecuencias: sufragio inorgánico, representación por bandos en lucha y Parlamento del tipo conocido (…).
   Nos afanaremos por triunfar en la lucha con solo las fuerzas sujetas a nuestra disciplina. Pactaremos muy poco. Solo en el empuje final para la conquista del Estado gestionará el mando las colaboraciones necesarias, siempre que esté asegurado nuestro predominio.

José Antonio Primo de Rivera


La cuestión del voto femenino


   “El sexo débil se va volviendo fuerte”
   ¡Las derechas, de enhorabuena!
   El cronista es partidario de que las mujeres no intervengan en las luchas electorales mientras que los hombres de izquierda no hayamos podido realizar la debida propaganda (…). ¿Están acaso preparadas para la reforma política en nuestro país las mujeres de cuarenta provincias de las cincuenta que actualmente tiene España? ¡No; rotundamente, no! Y la mejor prueba nos la ofrecen los curas rurales, que estos días han dado orden a sus respectivos sacristanes de que echen las campanas al vuelo (…).
   En Ávila no hay hembra que no rece diez veces al día a santa Teresa (…). En Andalucía, pocas son las mujeres que no veneran a san Rafael, patrón de Córdoba, y a las vírgenes de la Macarena (Sevilla) y de las Angustias (Granada)… ¡Y para angustias las que vamos a pasar los republicanos de la izquierda, viendo, como veremos muy pronto, que en cada convento funciona un centro electoral bajo la advocación de ‘¡San...Jurjo!’
   ¡Y conste que no deseo otra cosa que equivocarme!
   Pero conste que el peligro es grande, muy grande... Aun en nuestra misma Cataluña, pues si bien es cierto que los grandes centros industriales predomina la mujer de sentimientos liberales, en el campo abunda la que hace lo que le aconseja el confesor, aunque ello esté en pugna con la voluntad del marido, del hijo o del padre”.

E. Duch Salvat

El Diluvio, 18 de noviembre de 1933.


Alocución radiada de Gil Robles ante el cierre de campaña electoral


   Obtendremos un éxito clamoroso, constituiremos la minoría más numerosa del Parlamento; pero no asumiremos aún las responsabilidades del poder. Gobernaremos desde fuera, ya que haremos imponer nuestro criterio para que no se pueda actuar contra las derechas. Nos mantendremos a la expectativa de la disolución de nuestros adversarios y de los partidos que hoy se llaman de centro y antes fueron revolucionarios. Dejaremos que gobiernen esos antiguos revolucionarios, alguno de los cuales ha llegado a rezar hoy el padrenuestro. (…)
   En el mundo entero están fracasando el parlamentarismo y los excesos de la democracia. Por eso, nosotros no solo atacamos a la Constitución en su parte dogmática, donde se encuentran todos los atropellos a nuestra conciencia, sino también en su parte orgánica, que contiene un exceso de democracia, el parlamentarismo que está hundiéndose en el mundo entero. Ante estas corrientes antidemocráticas que llegan a España, las próximas Cortes pueden suponer el desprestigio del Parlamento.
   No podemos caer envueltos en su descrédito. Las derechas deben constituir la reserva para el porvenir, cuando hayan fracasado los partidos de centro.
   No queremos, además, que el país esté dando saltos de un extremo a otro, de la anarquía a la dictadura, de la violencia de las masas a la violencia de la dictadura. Aspiramos a centrar la política, con un sentido nacional inspirado en la tradición, en los principios de derecho público cristiano, que frena los excesos de la dictadura y de la democracia. Los partidos políticos se deshacen y surge un movimiento nacional amplio, sin exclusivismos ni clientelas, que busca la colaboración de todos los españoles. (…)

El Debate, 19 de noviembre de 1933.


Discurso pronunciado por Manuel Azaña en Castellón


   La necesidad de hacer el frente único de las izquierdas para afrontar la lucha en condiciones de victoria. Frente único que no ha podido realizarse en la mayor parte del territorio nacional por razones sin duda respetables, pero que representan una ventaja enorme, conseguida u otorgada, bien a nuestro pesar, a los que en la contienda del día 19 pretenden poner en tela de juicio la esencia misma del régimen republicano. (…)
   Ninguno de vosotros desconoce que la disolución del Parlamento (…) tiene por objeto, no un simple cambio de política normal, en virtud de una oscilación del sentimiento público o de la demostración del sufragio universal que la aconsejase, sino que tiene por objeto destruir hasta la raíz lo que esta política ha representado en el orden legislativo, en el orden de gobierno y hasta en la organización política por la Península; porque si pudieran no se contentarían con reformar la Constitución, con derogar las leyes orgánicas que nosotros hemos hecho votar, sino que desarraigarían del suelo nacional las organizaciones mismas de los partidos republicanos de izquierda y del partido socialista todo entero. (Grandes aplausos.) Y puesto que lo que se busca en esta campaña electoral es deshacer nuestra obra, el sentido común mismo, el instinto de conservación y la dignidad que debemos a nuestra obra realizada y nuestros compromisos para el mañana, exigían esta coalición que vosotros habéis formado y estáis obligados a mantener, mientras no hayamos conseguido de nuevo la obra de gobierno y la obra legislativa que dejamos iniciada en el Parlamento constituyente.

El Mercantil Valenciano, 14 de noviembre de 1933


Llamada a la unidad de acción entre las organizaciones obreras de Asturias
  

    Al proletariado asturiano:
   Ante la revolución política y social por que atraviesa España y teniendo en cuenta las probables desviaciones del actual estado de cosas, las fuerzas obreras de la región de Asturias, que pertenecen a los 2 sectores sindicales UGT y CNT, y la Federación socialista asturiana han formado un a alianza cuyos objetivos son:
   1.- Luchar abiertamente contra el fascismo, que intenta imponer sobre el pueblo su característico sistema de opresión acabando con las organizaciones de clase y con las escasas libertades y derechos establecidos en la nación.
   2.—Realizar amplia labor de oposición a todo propósito de guerra en lo que se refiere al conjunto de los países del continente europeo como igualmente en lo que afecta al problema colonial de África...Aquellas otras entidades obreras que de una forma seria estén dispuestas a colaborar por conseguir los propósitos indicados pueden tramitar su ingreso en la Alianza...
   Muy en breve, teniendo el gran interés con que ha de ser acogida esta unificación de los trabajadores asturianos, el Comité de la Alianza dará a la publicidad un manifiesto exponiendo sus puntos de vista.
                          
Avance, 1 de abril de 1934.


 Revolución de Octubre. Proclamación del Estado de Guerra


   El Presidente del Consejo de Ministros tiene el honor de dirigirse a los españoles:
   A la hora presente, la rebeldía que ha logrado perturbar el orden público, llega a su apogeo. Afortunadamente, la ciudadanía española ha sabido sobreponerse a la insensata locura de los mal aconsejados, y el movimiento, que ha tenido graves y dolorosas manifestaciones en pocos lugares del territorio, queda circunscrito, por la actividad y el heroísmo de la fuerza pública, a Asturias y Cataluña.
   En Asturias, el Ejército está adueñado de la situación, y en el día de mañana quedará restablecida la normalidad.
   En Cataluña, el Presidente de la Generalidad, con olvido de todos los deberes que le impone su cargo, su honor y su responsabilidad, se ha permitido proclamar el Estat Catalá.
   Ante esta situación, el Gobierno de la República ha tomado el acuerdo de proclamar el estado de guerra en todo el país. Al hacerlo público, el Gobierno declara que ha esperado hasta agotar todos los medios que la ley pone en sus manos, sin humillación ni quebranto de su autoridad. En las horas de la paz no escatimó transigencia. Declarado el estado de guerra, aplicará sin debilidad ni crueldad, pero enérgicamente, la ley marcial. Está seguro de que ante la rebeldía social de Asturias y ante la posición antipatriótica de un Gobierno de Cataluña, que se ha declarado faccioso, el alma entera del país entero se levantará, en un arranque de solidaridad nacional, en Cataluña como en Castilla, como en Aragón como en Valencia, en Galicia como en Extremadura, y en las Vascongadas, y en Navarra, y en Andalucía, a ponerse al lado del Gobierno para restablecer, con el imperio de la Constitución, del Estatuto y de todas las leyes de la República, la unidad moral y política, que hace de todos los españoles un pueblo libre, de gloriosas tradiciones y glorioso porvenir.
   Todos los españoles sentirán en el rostro el sonrojo de la locura que han cometido unos cuantos. El Gobierno les pide que no den asilo en su corazón a ningún sentimiento de odio contra pueblo alguno de nuestra Patria. El patriotismo de Cataluña sabrá imponerse allí mismo en la locura separatista y sabrá conservar las libertades que le ha reconocido la República bajo un Gobierno que sea leal a la Constitución.
   En Madrid, como en todas partes, una exaltación de la ciudadanía nos acompaña.
Con ella y bajo el imperio de la ley vamos a seguir la gloriosa historia de España.
        
Gaceta de Madrid, 7 de octubre de 1934


Último manifiesto de los líderes obreros a los mineros asturianos antes de la rendición


   La lucha entre el capital y el trabajo no ha ter­minado, ni podrá terminar en tanto que los obreros y campesinos no sean dueños absolutos del poder. El hecho de organizar la paz con nuestros enemigos no quiere decir que reneguemos de la lucha de clases. No. Lo que hoy hacemos es, simplemente, un alto en el camino, en el cual subsanaremos nuestros errores para no volver a caer en los mismos.

18 de octubre de 1934 


La visión de Salvador de Madariaga sobre la revolución de 1934


   El alzamiento de 1934 es imperdonable. La decisión presidencial de llamar al poder a la CEDA  era inatacable, inevitable y hasta debida desde hacía ya tiempo. El argumento de que Gil-Robles intentaba destruir la Constitución para instaurar el fascismo era a la vez hipócrita y falso.
    Hipócrita, porque todo el mundo sabía que los socialistas de Largo Caballero estaban arrastrando a los demás a una rebelión contra la Constitución de 1931 sin consideración alguna para lo que se proponía o no Gil-Robles; y, por otra parte, a la vista está que el presidente Companys y la Generalitat entera violaron también la Constitución. ¿Con qué fe vamos a aceptar como heroicos defensores de la República de 1931, contra sus enemigos más o menos ilusorios de la derecha, a aquellos mismos que para defenderla la destruían? Pero el argumento era, además, falso, porque si Gil-Robles hubiera tenido la menor intención de destruir la Constitución del 31 por la violencia, ¿qué ocasión mejor que la que proporcionaron sus adversarios lanzándose contra la misma Constitución en Octubre de 1934, precisamente cuando él, desde el poder, pudo, como reacción, haberse declarado en dictadura? Lejos de haber demostrado en los hechos apego al fascismo y desapego al parlamentarismo, Gil- Robles salió de estas crisis convicto y confeso parlamentario, a punto de que dejó de ser, si jamás lo había sido, persona grata para los fascistas (…).
   Con la rebelión de 1934, la izquierda española perdió hasta la sombra de autoridad moral para condenar la rebelión de 1936”.


Manifiesto del Bloque Nacional


   España, pues, ante todo y sobre todo. Una España auténtica, fiel a su historia y a su propia imagen: una e indivisible. De aquí la primera línea de nuestro programa de acción: defensa a vida o muerte y exaltación frenética de la unidad española que la Monarquía y el pueblo labraron juntos a lo largo de quince siglos (…) el hecho católico fue factor decisivo y determinante en la formación de nuestra nacionalidad.
   Creemos caducado el sistema político que, nacido de la Revolución Francesa, sirve de soporte a las actuales instituciones y, como Cánovas predijera, nos arrastra al comunismo. El futuro Estado ha de fundarse sobre el deber tanto como sobre el derecho. Los derechos naturales inherentes a la personalidad humana han de ser reconocidos y garantizados por el Estado, de conformidad con su distinto rango, sin que ninguno de ellos quepa al absolutismo. Su mejor garantía será la organización de un Estado fuerte capaz de frenar el abuso con que pretenden ejercerlos o monopolizarlos núcleos o masas indisciplinadas.
   Queremos un estado integrador que, a diferencia del Estado anárquico actual, imponga su peculiar autoridad sobre todas las clases, sean sociales o económicas. La era ruinosa de la lucha de clases está tocando a su fin.
   Os proponemos, por tanto, españoles, la constitución de un Bloque Nacional que tenga como objetivo la conquista del Estado.

8 de diciembre de 1934


Discurso de Largo Caballero en Madrid

           
   La clase burguesa y sus representantes entienden que se ha llegado ya a la meta de las instituciones políticas en nuestro país, y tenemos que decirles que no; la República no es inmutable; la República burguesa no es invariable; la República burguesa no es una institución que nosotros tengamos que arraigar de tal manera que haga imposible el logro de nuestras aspiraciones. ¿De qué manera? ¡Como podamos! Nuestra aspiración es la conquista del poder político. ¿Procedimiento? ¡El que podamos emplear! Los que nos hablan tanto de la legalidad, lo primero que tienen que hacer es ser respetuosos con la ley para no obligar a la clase trabajadora a salirse de ella. Todos los actos que la clase obrera ha realizado que pueden considerarse ilegales, han sido provocados por la ilegalidad de los que gobernaban. Y nosotros, los trabajadores, entendemos que la República burguesa hay que transformarla en una República socialista, socializando los medios de producción.

Enero de 1936


El programa del Frente Popular


   El programa mínimo aceptado por todos los partidos que intervenían en él, incluía los siguientes puntos fundamentales:
1.- Amnistía total para los insurrectos de 1.934 y para todos los acusados de atentados político-sociales desde 1.933 y procesamiento de todos los culpables de "actos de violencia" al reprimirlos atentados políticos.
2.- Reposición en sus puestos de todos los trabajadores y empleados públicos despedidos por causas políticas y compensación plena de todas las pérdidas sufridas por ellos.
3.- Reforma del Tribunal de Garantías Constitucionales para excluir la influencia conservadora; reforma del sistema judicial con el objeto de establecer su independencia, promulgar la justicia social y acelerar su rapidez y eficacia.
4.- Restauración de la autoridad de todos los apartados de la constitución republicana; reforma de las cortes y de su estructura de comité; aprobación de la legislación orgánica que garantice el funcionamiento de los gobiernos provincial y municipal; reforma de la ley de orden público con el objeto des obtener mayores garantías para los derechos individuales.
5.- Continuación de la reforma agraria; arrendamientos menores y mayor seguridad para los pequeños propietarios; reducción de los impuestos y de las tasas de intereses a los pequeños propietarios; ayuda técnica acrecentada para los pequeños propietarios.
6.- Protección de los pequeños productores y los pequeños empresarios; reforma de los impuestos y las tarifas industriales; estímulo a la producción; ampliación de las obras públicas.
7.- Sujeción del funcionamiento del Banco de España al interés público; reglamentación y mejora del funcionamiento de los bancos y las instituciones de ahorro.
8.- Restauración de toda la legislación social de 1.931-33; aumento de salarios; amplio programa de -viviendas sociales; ex tensión de la educación a todos los niveles.
   Este programa era, fundamentalmente, socialdemócrata reformista. A pesar de muchas afirmaciones, desbordaba en algunos aspectos la posición original de la izquierda republicana, pero se alejaba de la obsesión anticlerical que, en el pasado, le había restado tantas energías.



   Los partidos republicanos Izquierda Republicana, Unión Republicana y el Partido Socialista, en representación del mismo y de la Unión General de Trabajadores. Federación Nacional de Juventudes Socialistas, Partido Comunista, Partido Sindicalista, Partido Obrero de Unificación Marxista , sin perjuicio de dejar a salvo los postulados de sus doctrinas, han llegado a comprometer un plan político común que sirva de fundamento y cartel a la coalición de sus respectivas fuerzas en la inmediata contienda electoral y de norma de gobierno que habrán de desarrollar los partidos republicanos de izquierda, con el apoyo de las fuerzas obreras, en el caso de victoria. Declaran ante la opinión pública las bases y los límites de su coincidencia política y. además, la ofrecen a consideración de las restantes organizaciones republicanas y obreras por si estiman conveniente a los intereses nacionales de la República venir a integrar en tales condiciones el bloque de izquierdas que debe luchar frente a la reacción en las elecciones generales de diputados a Cortes (...).



   Los partidos (…) sin perjuicio de dejar a salvo los postulados de sus doctrinas, han llegado a comprometer un plan político común que sirva de fundamento y cartel a la coalición de sus respectivas fuerzas en la inmediata contienda electoral. (…)
   I. 1º A conceder por ley una amplia amnistía de los delitos político-sociales cometidos posteriormente a noviembre de 1933, aunque no hubieran sido considerados como tales por los tribunales. (…)
   III. Los republicanos no aceptan el principio de la nacionalización de la tierra y su entrega gratuita a los campesinos, solicitada por los delegados del partido socialista. Consideran convenientes las siguientes medidas, que proponen la redención del campesino y del cultivador medio y pequeño (…): Rebaja de impuestos y tributos. Represión especial de la usura. Disminución de rentas abusivas. (…) revisarán los desahucios practicados. Consolidarán en la propiedad, previa liquidación, a los arrendatarios antiguos y pequeños. Dictarán nueva ley de Arrendamientos que asegure: la estabilidad en la tierra; la modicidad en la renta, (…) y el acceso a la propiedad de la tierra que se viniera cultivando durante cierto tiempo. Llevarán a cabo una política de asentamiento de familias campesinas, dotándolas de los auxilios técnicos y financieros precisos. (…) Derogarán la ley que acordó la devolución y el pago de las fincas a la nobleza (…) Dictarán normas para el rescate de bienes comunales. (…)
   VII. La República que conciben los partidos republicanos no es una República dirigida por motivos sociales o económicos de clase, sino un régimen de libertad democrática, impulsado por razones de interés público y progreso social. Pero precisamente por esa definida razón, la política republicana tiene el deber de elevar las condiciones morales y materiales de los trabajadores hasta el límite máximo que permita el interés general de la producción, sin reparar, fuera de este tope, en cuantos sacrificios hayan de imponerse a todos los privilegios sociales y económicos. […]
   VIII. La República tiene que considerar la enseñanza como atributo indeclinable del Estado, en el superior empeño de conseguir en la suma de sus ciudadanos el mayor grado de conocimiento y, por consiguiente, el más amplio nivel moral por encima de razones confesionales y de clase social. (…)
   Los partidos coligados repondrán en su vigor la legislación autonómica votada por las Cortes constituyentes y desarrollarán los principios autonómicos consignados en la Constitución.

El Socialista, 16 de enero de 1936.


Propaganda de la CEDA 1936


ACCIÓN POPULAR
¡CONTRA LA REVOLUCIÓN Y SUS CÓMPLICES!
Revolución o contrarrevolución.
Anti-España o España.
O ellos o nosotros.
Quien se abstenga de votar es un traidor y un criminal.
El que siendo propietario de algo no ayuda al Frente contrarrevolucionario es un suicida y un insensato.
Hay que aplastar la Revolución.
El marxismo no pasará.
Todo el poder para el JEFE.
¡VOTAD A ESPAÑA!
¡CONTRA LA REVOLUCIÓN Y SUS CÓMPLICES!
Elector:
Si quieres conservar el bienestar que disfrutas, sacrifica tu egoísmo el próximo 16 de febrero, y aunque tengas que hacer cola como vulgar ciudadano, no dejes de votar.
EN LAS PASADAS ELECCIONES NO LO HICISTE.
¿Te lo impidió una gran enfermedad?
¿O, por el contrario, fue la satisfacción de un capricho, o lo que es peor, tu cobardía, la causa de que no cumplieras tu deber de ciudadano?
TU VOTO HACE FALTA A ESPAÑA.
Que tu nombre no haya de ser execrado por los buenos españoles.


Las instrucciones del general Emilio Mola


   Base 1ª. La conquista del poder ha de efectuarse aprovechando el primer momento favorable, y a ella han de contribuir las Fuerzas Armadas, conjuntamente con las aportaciones que en hombres y elementos de todas clases faciliten a los grupos políticos, sociedades e individuos asilados que no pertenezcan a partidos, sectas y sindicatos que reciben inspiraciones del extranjero: socialistas, masones, anarquistas, comunistas…
   Base 5ª. Se tendrá en cuenta que la acción ha de ser en extremo violenta para reducir lo antes posible al enemigo, que es fuerte y bien organizado. Desde luego, serán encarcelados todos los directivos de los partidos políticos, sociedades o sindicatos no afectos al movimiento, aplicándose castigos ejemplares a dichos individuos para estrangular los movimientos de rebeldía o huelgas.

 Instrucción reservada nº 1, 25 de abril de 1936


Congreso de Zaragoza de la Confederación Nacional del Trabajo


   Considerando que es ferviente deseo de la clase obrera española el derrocamiento del régimen político y social existente, (…) esta ponencia entiende:
   Que la Confederación Nacional de Trabajo de España debe dirigirse oficial y públicamente a la UGT, emplazándola para la aceptación de un pacto revolucionario, bajo las siguientes bases fundamentales:
   1º La UGT al firmar el Pacto de la Alianza revolucionaria reconoce explícitamente el fracaso del sistema de colaboración política y parlamentaria. Como consecuencia lógica de dicho reconocimiento, dejará de prestar toda clase de colaboración política y parlamentaria al actual régimen imperante.
   2º Para que sea una realidad efectiva la revolución social, hay que destruir completamente el régimen político y social que regula la vida del país.
   3º La nueva regularización de convivencia, nacida del hecho revolucionario, será determinada por la libre elección de los trabajadores reunidos libremente. (…)
Terminado el aspecto violento de la revolución, se declaran abolidos: la propiedad privada, el estado, el principio de autoridad (…).
   Socializada la riqueza, las organizaciones de los productores, ya libres, se encargarán de la administración directa de la producción y del consumo (…).
Reunidos en sus sindicatos y en los lugares de trabajo, determinarán libremente la forma en que este ha de ser organizado.
   La Comuna Libre se incautará de cuanto antes detentada la burguesía, tal como víveres, ropas, calzado, materias primas, herramientas de trabajo, etc. Estos útiles de trabajo y materias primas deberán pasar a poder de los productos para que estos los administren directamente en beneficio de la colectividad.
   En conclusión proponemos:
   La creación de la Comuna como entidad política y administrativa.
   La Comuna será autónoma y confederada al resto de las Comunas.
  Las Comunas se defenderán comarcal y regionalmente, fijando a voluntad sus límites geográficos.
(…) El conjunto de estas Comunas constituirá una Confederación Ibérica de Comunas Autónomas Libertarias.
   La religión, manifestación puramente subjetiva del ser humano, será reconocida en cuanto permanezca relajada al sagrario de la conciencia individual, pero en ningún caso podrá ser considerada como forma de ostentación pública ni de coacción moral ni intelectual.
Los individuos serán libres para concebir cuantas ideas morales tengan por conveniente, desapareciendo todos los ritos.

1-10 de mayo de 1936


Discurso de Calvo Sotelo en el Parlamento


   Frente a ese Estado estéril, yo levanto el concepto de Estado integrador, que administre la justicia económica y que pueda decir con plena autoridad: “no más huelgas, no más intereses usurarios, no más fórmulas financieras de capitalismo abusivo, no más salarios de hambre, no más salarios políticos no ganados con un rendimiento afortunado, no más libertad anárquica, no más destrucción criminal contra la producción, que la producción nacional está por encima de todas las clases, de todos los partidos y de todos los intereses. A este Estado le llaman muchos Estado fascista; pues si ése es el Estado fascista, yo, que participio en la idea de ese Estado, yo creo en él, me declaro fascista. No creo que exista actualmente en el ejército español… un solo militar dispuesto a sublevarse a favor de la Monarquía y en contra de la República. Si lo hubiera sería un loco… aunque también sería un loco el militar que no estuviera dispuesto a sublevarse a favor de España y en contra de la anarquía, si ésta se produjera.

Diario de sesiones del Parlamento, 16 de junio de 1936


Una conspiración militar apoyada por la derecha


   Porque, señor Gil Robles, no se puede negar que estáis organizando un complot en España. Recientemente, hace dos o tres días, en vista de ese peligro, se han reunido las fuerzas obreras; se han puesto de acuerdo en diez minutos y han acudido al Gobierno para ofrecerle toda su fuerza, a fin de defender la República. Y eso lo hacemos porque estamos completamente seguros de que en muchas provincias de España (…) se están haciendo preparativos para el golpe de Estado, que no dejáis de la mano un día tras otro. ¡Tened cuidado! Todos nos hallamos vigilantes, a fin de que no podáis llevar a cabo vuestros intentos, porque, de hacerlo así, llevaréis a España por el camino por el que la habéis llevado en esos dos años de represión, de hambre y de descrédito para el país. Nosotros no queremos esa España, sino una España democrática, donde haya bienestar para los obreros y para la clases populares; lo que queremos es una España moderna, que se ponga a la altura de un país civilizado, y no una España al estilo de aquella España inquisitorial, que es lo que ha representado vuestra política en todo el período represivo que sucedió al movimiento de octubre.
   No queréis acatar lo que ha representado el triunfo del 16 de febrero, y de ahí toda vuestra política y vuestra actuación en el sentido que he indicado. Es el noventa por ciento del pueblo español el que está de acuerdo con el régimen republicano, con un régimen democrático y es el diez por ciento restante el que no pierde ocasión de buscar todos los procedimientos de provocación.

José Díaz, secretario general del Partido Comunista, discurso en las Cortes.

15 de julio de 1936


Hacia la Guerra Civil


   ¿Qué lecciones principales cabe deducir del periodo histórico reseñado? Ante todo, el fracaso, sin paliativos de la segunda República. Fracaso en el que se destaca, tal vez con más vigor que en ningún otro momento de la vida contemporánea española, una de las más acusadas características de nuestra psicología colectiva: la intransigencia (...)
   La convivencia llegó a revelarse como algo imposible. Las diferencias políticas fueron transformándose en auténticas hostilidades, y cuando ocuparon el poder quienes propugnaban una política de revancha, España se convirtió en un teatro de violencias y atropellos, abocado fatalmente a la guerra civil. Los adversarios terminaron por enfrentarse en una lucha sin cuartel, que sembró el país de ruinas e hizo correr a torrentes la sangre, no sólo en los campos de batalla, sino también en la retaguardia de los dos bandos rivales.

José María Gil Robles, No fue posible la paz.

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